Resolución N.° 0898-2022/SBN-DGPE-SDDI
6 de setiembre de 2022
La Sub Dirección de Desarrollo Inmobiliario de la Superintendencia de Bienes Estatales-SBN, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 23.1.2 del Art. 23° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 “Ley del Procedimiento Administrativo General”, hace de conocimiento de la ASOCIACIÓN REGIONAL DE CAMPESINOS PRODUCTORES AGROPECUARIOS DE LA REGIÓN MOQUEGUA – PLAN INTERNACIONAL DE LA ALIANZA Y LUCHA CONTRA LA POBREZA Y EL HAMBRE EN EL PERÚ representado por secretaria de coordinación Luzmila Lelia Colque Chata, respecto a su solicitud de venta directa contenida en el Expediente N° 866-2022/SBNSDDI, a través del cual se resolvió: Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de venta directa, toda vez que, ha quedado determinado que no se encuentra ocupada la totalidad de “el predio”, motivo por el cual, la solicitud de “la administrada” no cumple con los requisitos reguladas por el inciso 3) y 4) del artículo 222° de “el Reglamento”.
Esta norma pertenece al compendio Subdirección de Desarrollo Inmobiliario