Resolución N.° 0071-2022/SBN-DGPE-SDAPE

28 de enero de 2022

Rectificar el error material contenido en la parte resolutiva (artículo segundo) de la Resolución n.° 0999-2021/SBN-DGPE-SDAPE, en los términos siguientes: Donde dice: “(…) por un periodo de diez (10) años computados desde el día siguiente de su notificación, sujeto a renovación para que continúe funcionando como casa parroquial y convento.”. Debe de decir: “(…) por un periodo de diez (10) años computados desde el día siguiente de su notificación, sujeto a renovación para que continúe funcionando como local social.”

Esta norma pertenece al compendio Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal

Vista preliminar de documento Resolución N° 0071-2022/SBN-DGPE-SDAPE

Resolución N° 0071-2022/SBN-DGPE-SDAPE

PDF
396.1 KB