Resolución N.° 1080-2021/SBN-DGPE-SDAPE

9 de noviembre de 2021

Rectificar el error material contenido en el numeral 9.3 del considerando noveno de la Resolución n.° 608-2021/SBN-DGPE-SDAPE del 10 de junio del 2021, el cual quedará redactado de la siguiente manera: Al respecto, se debe indicar que el artículo IV, modificado por el Decreto Legislativo n.° 1255 y el artículo VII del Título Preliminar de la Ley n.º 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señalan que es de interés social y de necesidad pública la identificación, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes; siendo el Ministerio de Cultura la autoridad encargada de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación.

Esta norma pertenece al compendio Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal

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