Resolución N.° 0508-2020/SBN-DGPE-SDAPE
15 de julio de 2020
Declarar INADMISIBLE la solicitud de Constitución del Derecho de Servidumbre presentada por el SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA – SEDAPAL respecto del área 27,88 m² inmerso en límite del “Pueblo Joven Nueva Esperanza” distrito de Comas, provincia y departamento de Lima, inscrito en la partida n.° P01071996 del Registro de Predios de Lima por las razones expuestas en la presente resolución.
Esta norma pertenece al compendio Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal