Resolución N.° 0832-2021/SBN-DGPE-SDDI

24 de setiembre de 2021

Declarar INADMISIBLE la solicitud de VENTA DIRECTA por causal establecida en la causal d) del artículo 77° del derogado Decreto Supremo n.° 007-2008-VIVIENDA, el cual, a su vez se adecua a lo señalado al numeral 3 del artículo 222 “el Reglamento” , respecto del predio de 5 063,53 m², denominado como Parcela PS, ubicado en la Zona “Las Huertas de Pampas de Limay” al noroeste de Pachacamac, a 338 m. aprox. del Jirón Ferrocarril, distrito de Pachacamac, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Registral n.° 12677611 del Registro de Predios de la Oficina Registral Lima de la Zona Registral n.° IX – Sede Lima, anotado con CUS n.° 55005, presentada por el señor PABLO SALVATIERRA HILARIO.

Esta norma pertenece al compendio Subdirección de Desarrollo Inmobiliario

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