Resolución N.° 0785-2021/SBN-DGPE-SDDI
10 de setiembre de 2021
La Sub Dirección de Desarrollo Inmobiliario de la Superintendencia de Bienes Estatales-SBN, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 23.1.2 del Art. 23° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 “Ley del Procedimiento Administrativo General”, hace de conocimiento a PROSPERO JUVENAL TARAZONA JULCA, respecto a su solicitud de venta directa contenida en el Expediente N° 839-2021/SBNSDDI, a través del cual se resolvió: Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de venta directa, toda vez que, ha quedado determinado que “el predio” al encontrarse inscritas a favor de la DIREFOR del Gobierno Regional de Lima y la Compañía Lotizadora Chacarilla S.A. respectivamente, esta Superintendencia no cuenta con competencias para evaluar o aprobar actos de disposición sobre estas.
Esta norma pertenece al compendio Subdirección de Desarrollo Inmobiliario