Resolución N.° 0074-2018/SBN-DGPE-SDAPE
30 de enero de 2018
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por el Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima - SEDAPAL, respecto del predio de 172,87 m², ubicado en la margen derecha del río Rímac, al sur de la propiedad del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, distrito del Callao, Provincia Constitucional del Callao, por las consideraciones expuestas en la presente Resolución.
Esta norma pertenece al compendio Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal