Resolución N.° 0074-2018/SBN-DGPE-SDAPE

30 de enero de 2018

Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por el Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima - SEDAPAL, respecto del predio de 172,87 m², ubicado en la margen derecha del río Rímac, al sur de la propiedad del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, distrito del Callao, Provincia Constitucional del Callao, por las consideraciones expuestas en la presente Resolución.

Esta norma pertenece al compendio Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal

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