Resolución N.° 0483-2017/SBN-DGPE-SDAPE
4 de agosto de 2017
Dejar sin efecto el ACTA DE ENTREGA RECEPCIÓN Nº 00020-2017/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 28 de febrero de 2017, otorgada a favor de empresa Minero Kani S.A.C., por lo que deberá devolver el predio de 75 022,74 m², en el distrito de Bella Unión, provincia de Caravelí y departamento de Arequipa, mediante la suscripción de un Acta de Entrega – Recepción. Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por la Gerencia Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Arequipa, sobre otorgamiento del derecho de servidumbre el área de 75 022,74 m², ubicada en el distrito de Bella Unión, provincia de Caravelí y departamento de Arequipa, requerida por la Minero Kani S.A.C.; por las razones expuestas en los considerandos de la presente Resolución.
Esta norma pertenece al compendio Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal
