Resolución N.° 0911-2020/SBN-DGPE-SDDI
30 de diciembre de 2020
SE declara inadmisible el pedido de venta directa y disponerse el archivo definitivo del presente procedimiento una vez consentida quede la presente resolución, sin perjuicio, de que pueda volver a presentar nuevamente su pretensión teniendo en cuenta que “el predio” se superpone parcialmente con bienes de dominio público, así como las observaciones realizadas y que debe contar con los requisitos exigidos por la normativa vigente, en la medida que la presente no constituye una declaración de fondo. Asimismo, corresponde a esta Subdirección poner en conocimiento de la Subdirección de Supervisión para que proceda conforme a sus atribuciones, de conformidad con el literal j) del artículo 46° del Reglamento de Organización y Funciones de esta Superintendencia.
Esta norma pertenece al compendio Subdirección de Desarrollo Inmobiliario