Resolución N.° 0873-2020/SBN-DGPE-SDDI

22 de diciembre de 2020

EXTINGUIR PARCIALMENTE la AFECTACIÓN EN USO otorgada a favor de la empresa SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA– SEDAPAL, respecto del área de 594,79 m2, que forma parte de un predio de mayor extensión ubicado a la atura de Terminales Portuarios Peruanos, en el distrito del Callao, provincia Constitucional del Callao, inscrito a favor del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales en la partida registral N° 70347148 del Registro de Predios de la Oficina Registral del Callao, Zona Registral N° IX – Sede Lima, anotado con CUS Matriz N° 144941, quedando subsistente el área restante. DISPONER LA INDEPENDIZACIÓN, de un área de 594,79 m2, que forma parte de un predio de mayor extensión ubicado a la atura de Terminales Portuarios Peruanos, en el distrito del Callao, provincia Constitucional del Callao, inscrito a favor del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales en la partida registral N° 70347148 del Registro de Predios de la Oficina Registral del Callao, Zona Registral N° IX – Sede Lima, anotado con CUS N° 144941, conforme a la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente resolución. APROBAR la TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES, EN MÉRITO AL TEXTO UNICO ORDENADO DEL DECRETO LEGISLATIVO n.° 1192, del área descrita en el artículo 1º a favor de la empresa SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA - SEDAPAL, con la finalidad que sea destinado para el “Predio 2”, del proyecto “Ampliación y Mejoramiento del Colector Puente Piedra y Tratamiento de Aguas Servidas del área de drenaje PTAR Puente Piedra”.

Esta norma pertenece al compendio Subdirección de Desarrollo Inmobiliario

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Resolución N° 0873-2020/SBN-DGPE-SDDI

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