Resolución N.° 0668-2020/SBN-DGPE-SDDI

28 de octubre de 2020

Se APRUEBA la TRANSFERENCIA PREDIAL ENTRE ENTIDADES PÚBLICAS del predio de 15 156,32 m² (PARCELA 3), ubicado en el distrito y provincia de Ilo, departamento de Moquegua, inscrito a favor del ESTADO en la Partida Electrónica 11024377 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Ilo, con CUS 144543; a favor del MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO, para la ejecución del Proyecto Urbano Integral “Parcela 3 - ILO”, bajo sanción de reversión a favor del Estado en caso de incumplimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 69º del Reglamento de la Ley Nº 29151. Se DISPONE que el MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO tiene el plazo de dos (2) años, contados desde la notificación de la resolución, bajo sanción de reversión, para presentar el Programa o Proyecto de Desarrollo o Inversión con los respectivos planes y estudios técnico - legales para su ejecución, de conformidad con lo expuesto en el numeral 14.3 del décimo cuarto considerando de la resolución. Se DISPONE que el MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO deberá en el plazo máximo de dos (2) años contados a partir de la presentación del Programa o Proyecto indicado en el artículo 2 º de la Resoluciòn, presentar el contrato de adjudicación o concesión, debidamente inscrito en la Partida Registral respectiva; bajo sanción de reversión de dominio del predio, de conformidad con lo establecido en el numeral 7.5) de “la Directiva”.

Esta norma pertenece al compendio Subdirección de Desarrollo Inmobiliario

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Resolución N° 0668-2020/SBN-DGPE-SDDI

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