Resolución N.° 0591-2020/SBN-DGPE-SDDI

30 de setiembre de 2020

Respecto a su solicitud de venta directa contenida en el Expediente N° 592-2020/SBNSDDI, se resolvió: Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por VICTOR MANUEL CASTRO ALAMA, ya que respecto a las áreas de 118.91 m2 (4.60% de “el predio”) y 887.40 m2 (34.34% de “el predio”), al encontrarse inscritas a favor de terceros y del Gobierno Regional de Tumbes respectivamente, esta Superintendencia no cuenta con competencias para evaluar o aprobar actos de disposición sobre estas. Asimismo, en cuanto al área de 1 578.18 m2 (61.06% de “el predio”) al existir duplicidad registral entre la partida registral N° 04001365 con las partidas registrales N° 02007391, N° 02007390 y N° 02005364 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Tumbes, esta Superintendencia no cuenta con competencias para evaluar y/o aprobar actos de disposición sobre ésta, debido a que se podría afectar derechos de propiedad de terceros, teniendo en cuenta que en su oportunidad estarían sujetas al procedimiento de cierre de partidas registrales a cargo de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos.

Esta norma pertenece al compendio Subdirección de Desarrollo Inmobiliario

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Resolución N° 0591-2020/SBN-DGPE-SDDI

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