Resolución N.° 0574-2020/SBN-DGPE-SDDI

30 de setiembre de 2020

APROBAR EL PROYECTO DENOMINADO “PROYECTO URBANO INTEGRAL AMANCAES”, presentado por el MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO, respecto del predio de 1 788,71m² (antes 1 793,73 m²), ubicado en el distrito de Rímac, provincia y departamento de Lima, inscrito en la partida registral N° 12289290 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima, con CUS N° 50304. SEGUNDO: DISPONER el levantamiento de la carga contenida en los artículos segundo y tercero de la Resolución N° 478-2018/SBN-DGPE-SDDI del 26 de julio de 2018, inscrita en el asiento D00002 de la partida registral N° 12289290 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima, Zona Registral N° IX – Sede Lima, con CUS N° 50304, correspondiente al predio de 1 788,71m² (antes 1 793,73 m²), ubicado en el distrito de Rímac, provincia y departamento de Lima. TERCERO: El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento deberá destinar el predio transferido mediante Resolución N° 478-2018/SBN-DGPE-SDDI del 26 de julio de 2018 a la ejecución del Proyecto Urbano Integral “Amancaes”, en el plazo máximo de cinco (5) años, contados a partir de la notificación de la presente resolución, caso contrario se revertirá a favor del Estado, de conformidad con lo establecido en el artículo 69º del Reglamento de la Ley Nº 29151. CUARTO: El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en el plazo máximo de dos (2) años contados a partir de la notificación de la presente resolución, deberá presentar el contrato de adjudicación o concesión, debidamente inscrito en la partida registral respectiva, que deberá contener como mínimo las obligaciones concordantes con la finalidad para la cual fue transferido el predio, así como para las cláusulas de garantía para dicho cumplimiento, las causales de resolución, las penalidades y la entidad responsable de verificar el cumplimiento; bajo sanción de reversión de dominio de los predios, de conformidad con lo establecido en el numeral 7.5) de la Directiva Nº 005-2013/SBN, denominada “Procedimientos para la aprobación de la Transferencia Interestatal de predios del Estado”, aprobada mediante la Resolución Nº 067-2013/SBN del 19 de septiembre de 2013 y modificada por la Resolución N° 086-2016/SBN del 11 de noviembre de 2016. QUINTO: DISPONER que, del producto de la venta del predio descrito en el primer artículo de la presente resolución, que sea efectuada por el MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO a favor de terceros; el 30% corresponde a la SBN y 70% corresponde a dicha entidad, de conformidad con lo establecido en el literal c) del artículo 26° de la Ley N° 29151. SEXTO: El Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima, Zona Registral N° IX – Sede Lima, deberá inscribir lo resuelto en la presente resolución.

Esta norma pertenece al compendio Subdirección de Desarrollo Inmobiliario

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