Resolución N.° 0151-2021/SBN-DGPE-SDDI

26 de febrero de 2021

La Sub Dirección de Desarrollo Inmobiliario de la Superintendencia de Bienes Estatales-SBN, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 23.1.2 del Art. 23° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 “Ley del Procedimiento Administrativo General”, hace de conocimiento a EUGENIA SUCSO CALISAYA DE YANCACHAJILLA, respecto a su solicitud de venta directa contenida en el Expediente N° 951-2020/SBNSDDI, a través del cual se resolvió: Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de venta directa toda vez que “el predio” se encuentra inscrita a favor del Estado representado por la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, en la partida registral N° P02046112 del Registro Predial Urbano de la Oficina Registral de Lima. (partida matriz), por lo que esta Superintendencia no cuenta con competencias para evaluar o aprobar actos de disposición sobre esta.

Esta norma pertenece al compendio Subdirección de Desarrollo Inmobiliario

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