Resolución N.° 0050-2021/SBN-DGPE-SDDI

28 de enero de 2021

Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de venta directa formulada por OLIVIA ALINA CARLOS ASTETE, en la medida que ha quedado determinado que la solicitud de venta directa de “la administrada” no cumple con los requisitos descritos en el noveno y décimo considerando de la presente resolución para proceder a una venta directa por la causal c) del artículo 77° de “el Reglamento”, en la medida que en el 2017 “el predio” se encontraba con una ocupación parcial e incipiente (5%) y sin cerco; en ese sentido, se concluye que “la administrada” no ejerce posesión consolidada respecto de “el predio”, con fecha anterior al 25 de noviembre de 2010.

Esta norma pertenece al compendio Subdirección de Desarrollo Inmobiliario

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