Resolución N.° 0003-2020/SBN-ORPE

25 de agosto de 2020

Declarar IMPROCEDENTE la oposición presentada por el SANTUARIO NACIONAL LOS MANGLARES DE TUMBES DEL SERVICIO NACIONAL DE ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO-MINISTERIO DEL AMBIENTE, contra el procedimiento de saneamiento en la modalidad independización iniciado por la POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ- MINISTERIO DEL INTERIOR , respecto del predio de área 14 302,85 m2 denominado Puesto de Vigilancia Fronterizo El Algarrobo ubicado en la Parcela El Algarrobo, Sector El Algarrobo, distrito y provincia de Zarumilla, departamento de Tumbes inscrito en la partida n.° 11034833 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Tumbes de la Zona Registral n.º I-Sede Piura, independizado de un predio de mayor extensión inscrito en la partida n.º 04003294 del mencionado Registro de Predios, conforme a los considerandos expuestos.

Esta norma pertenece al compendio Órgano de Revisión de la Propiedad Estatal

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