Resolución de Directorio N.° 20-2025-SALUDPOL-DIR
24 de julio de 2025
Artículo 1.- Formalización de Delegación
Formalizar la delegación al Presidente del Directorio de SALUDPOL para autorizar permisos de ausencia del Gerente General por un plazo máximo de hasta tres (03) días hábiles, sin necesidad de aprobación expresa del Directorio reunido en sesión.
Formalizar la delegación de facultades para la designación de la encargatura con motivo del permiso de ausencia temporal del gerente General, debiendo contar con los informes previos respectivos.
Artículo 2.- Se precisa
Precisar que las ausencias mayores a tres (3) días calendario o las licencias especiales deberán continuar siendo sometidas a la aprobación del Directorio reunido en sesión ordinaria o extraordinaria.
Artículo 3.- Obligación de dar cuenta
Las facultades delegadas en el articulado previo, son informados a los miembros del Directorio dentro de los cinco (5) días posteriores a su ejecución.
Las acciones derivadas de las facultades delegadas en el artículo previo son informadas a la Superintendencia Nacional de Salud en cumplimiento a lo establecido en los artículos 4 y 7 de la Resolución de Superintendencia N° 045-2014-SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD/S, que regula la obligación de las IAFAS de informar a la Superintendencia Nacional de Salud los hechos relevantes, así como el procedimiento para remisión.
Formalizar la delegación al Presidente del Directorio de SALUDPOL para autorizar permisos de ausencia del Gerente General por un plazo máximo de hasta tres (03) días hábiles, sin necesidad de aprobación expresa del Directorio reunido en sesión.
Formalizar la delegación de facultades para la designación de la encargatura con motivo del permiso de ausencia temporal del gerente General, debiendo contar con los informes previos respectivos.
Artículo 2.- Se precisa
Precisar que las ausencias mayores a tres (3) días calendario o las licencias especiales deberán continuar siendo sometidas a la aprobación del Directorio reunido en sesión ordinaria o extraordinaria.
Artículo 3.- Obligación de dar cuenta
Las facultades delegadas en el articulado previo, son informados a los miembros del Directorio dentro de los cinco (5) días posteriores a su ejecución.
Las acciones derivadas de las facultades delegadas en el artículo previo son informadas a la Superintendencia Nacional de Salud en cumplimiento a lo establecido en los artículos 4 y 7 de la Resolución de Superintendencia N° 045-2014-SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD/S, que regula la obligación de las IAFAS de informar a la Superintendencia Nacional de Salud los hechos relevantes, así como el procedimiento para remisión.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Directorio del SALUDPOL