Comunicado

Comunicado

5 de abril de 2021 - 6:45 p. m.

Comunicado Oficial 008 - 21  

En alcance a las declaraciones difundidas por el señor Jorge Arreaza, el Ministerio de Relaciones Exteriores cumple con brindar las siguientes precisiones en relación a la imposibilidad de celebrar elecciones en Venezuela el próximo 11 de abril:
 
1.    El Estado peruano sólo puede realizar una jornada electoral en un territorio extranjero si cuenta con la autorización expresa previa del Estado receptor. Se tenía previsto que las elecciones en Venezuela se realicen en las ciudades de Caracas, Valencia, Maracay y Puerto Ordaz. El total de electores peruanos en Venezuela es de 19,711, de los cuales 16,621 corresponden a la circunscripción del Consulado General del Perú en Caracas y 3,090 a la de la oficina consular en Puerto Ordaz.
 
2.    El Consulado General del Perú en Caracas remitió, entre octubre de 2020 y febrero de 2021, diez notas a la Cancillería venezolana solicitando la autorización, así como el pedido para contar con las garantías físicas y sanitarias necesarias que permitiesen la realización de los comicios del 11 de abril en Venezuela.
 
3.    El 12 de marzo, dicha Cancillería envió una nota al Consulado General del Perú en Caracas señalando que no tenía objeción a la celebración de los comicios electorales en dicho país. En la citada Nota, se establecían exigencias imposibles de cumplir, tales como que el consulado garantice el proceso de votación y el traslado de los 19,711 electores hacia los centros de votación, premuniéndolos a todos y cada uno de ellos, de una carta consular con los datos de los vehículos, listas de pasajeros y rutas.
 
4.    Sin embargo, en la fecha en la que se recibió la Nota, la ONPE, de acuerdo a su cronograma electoral, ya había concluido la impresión del material electoral y se estaba a solo una nueve (9) días calendario del inicio de la distribución de ese material (21 de marzo) a todos los consulados. Adicionalmente, en dicha fecha, el MRE ya había dispuesto y ejecutado las transferencias de presupuesto para todas las Oficinas Consulares que habían recibido oportunamente las autorizaciones y garantías de los países de recepción. También había culminado el proceso de identificación y separación de los 214 locales electorales dispuestos para la celebración de los comicios en el exterior.
 
5.    En consecuencia, no ha sido posible la celebración de elecciones en Venezuela por la falta de respuesta oportuna de la Cancillería de ese país y la consecuente negativa de los gobernadores regionales a prestar facilidades al no contar con la autorización y garantías de su Cancillería; y por la respuesta extemporánea y exigencias planteadas por la Cancillería venezolana.
 
Cabe indicar que una situación similar ocurrió en los procesos electorales del Referéndum de 2018 y las Elecciones Congresales Extraordinarias de 2020, los cuales no se llevaron a cabo en Venezuela porque nunca se recibió respuesta a las notas reiterativas que la Embajada del Perú y nuestro Consulado General en Caracas cumplieron con remitir solicitando las garantías correspondientes.