Resolución Ministerial N.° 0444-2025-RE

2 de julio de 2025

Se incorpora el artículo 81-A en el Capítulo II del Título V del Reglamento de las Asignaciones de los Órganos del Servicio Exterior, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0663-2020-RE, el cual queda redactado de la siguiente manera:

"Artículo 81-A. Administración temporal de un órgano del servicio exterior en situaciones especiales
De manera excepcional, y cuando existan circunstancias en el país receptor que impidan la acreditación de un jefe de misión y demás miembros del personal diplomático en dicho país, la administración del OSE, así como la respectiva rendición de cuentas, es asumida por un funcionario o servidor administrativo designado para tal fin.
El referido funcionario o servidor ejerce temporalmente las funciones asignadas en el artículo 5 del presente Reglamento, en el ámbito estrictamente administrativo y financiero, con el objetivo de asegurar la continuidad operativa del OSE. Esta designación es formalizada a través de una Resolución Ministerial.
Para el cumplimiento de sus funciones, el servidor cuenta con la asistencia del personal localmente contratado del OSE, quien le brinda el soporte administrativo y financiero necesario.
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