Resolución Ministerial N.° 0949-2024-RE

10 de diciembre de 2024

Se delega al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en los Estados Unidos de América, señor Alfredo Santiago Carlos Ferrero Diez Canseco, la facultad de suscribir los cuatro instrumentos en materia laboral a favor de trabajadores peruanos en los Estados Unidos de América, conforme el siguiente detalle:

  1. Declaración Conjunta entre el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Perú y el Departamento de Trabajo de los Estados Unidos de América con el fin de trabajar conjuntamente para informar a los trabajadores peruanos en los Estados Unidos de América sobre sus derechos laborales.
  2. Carta de Arreglo entre la Administración de Seguridad de Beneficios de los Empleados del Departamento de Trabajo de los Estados Unidos de América y el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Perú relativa a las leyes y reglamentos sobre prestaciones para los empleados aplicables a los trabajadores peruanos en los Estados Unidos de América.
  3. Carta de Arreglo entre el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Perú y la Administración de Seguridad y Salud Ocupacional del Departamento de Trabajo de los Estados Unidos de América relativa a las protecciones de seguridad y salud en el lugar de trabajo aplicables a los trabajadores peruanos en los Estados Unidos de América.
  4. Carta de Arreglo entre el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Perú y la División de Horas y Salarios del Departamento de Trabajo de los Estados Unidos de América relativa a las leyes y reglamentos sobre salarios y horas aplicables a los trabajadores peruanos en los Estados Unidos de América.
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