Decreto Supremo N.° 042-2024-RE
Exoneración temporal del requisito de visa
20 de setiembre de 2024
Se exonera temporalmente del requisito de visa en las calidades migratorias diplomática y oficial para el ingreso al Perú, a los nacionales de los siguientes países que sean titulares de pasaporte diplomático, oficial, de servicio o especial, que participarán en el cuadragésimo Período de Sesiones de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), así como en sus eventos conexos: