RENIEC: 22 de 123 Solicitudes de Revocatoria cumplieron con el mínimo de firmas validas
Nota de prensaPedidos de consulta popular comprendían a autoridades regionales y municipales de 110 distritos y una provincia



18 de marzo de 2021 - 7:14 p. m.
Lima, 18 de marzo de 2021.-El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) culminó el lunes 15 de marzo de 2021, la verificación de autenticidad de firmas de adherentes para la consulta popular de revocatoria de autoridades regionales y municipales del periodo 2019-2022, de acuerdo al plazo establecido en el cronograma del Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
De las 123 solicitudes de revocatorias, que comprende a 110 distritos y una provincia, un total de 22 pasaron el mínimo de firmas válidas requeridas de acuerdo a Ley, los resultados han sido remitidos a la Oficina Nacional de Procesos Electorales – ONPE, para proseguir el trámite pertinente.
En ese sentido, catorce (14) corresponden a solicitudes de revocatoria a burgomaestres y regidores de los distritos de Quicacha y Tisco (Arequipa), Langa-Huarochirí y Zúñiga-Cañete (Lima), Cotabambas y Justo Apu Sahuaraura (Apurímac), Ñahuimpuquio (Huancavelica), Lobitos (Piura), Magdalena de Cao (La Libertad), Sama (Tacna), La Libertad (Áncash), Chavín (Ica), San Buenaventura (Huánuco) y Pillpinto (Cusco).
Siete (7) a las autoridades ediles de Huanza-Huarochirí y Tauripampa-Yauyos (Lima), Machaguay (Arequipa), Huamanquiquia (Ayacucho), Huayucachi (Junín), Cuturapi (Puno) y Chiara (Apurímac), mientras que un pedido fue en contra de dos (2) regidores del municipio de Huanza-Huarochirí (Lima).
Cabe recordar, que el proceso de revocatoria procede por una sola vez en el período del mandato y la consulta se realiza en el tercer año del mandato para todas las autoridades, salvo el caso de los jueces de paz que se rige por ley específica. Debido al estado de emergencia sanitaria por la COVID 19, el JNE prorrogó el calendario electoral y reprogramó el proceso de revocatoria de autoridades regionales y municipales, para el 10 de octubre del presente año.
Además, establece un número mínimo de firmas necesarias (25%), calculado sobre la base del último padrón electoral elaborado por el RENIEC, que contiene la relación de los ciudadanos hábiles con derecho al voto a nivel departamental, provincial y distrital.