Resolución Jefatural N.° 716-2010-JNAC
16 de agosto de 2010
Déjese en suspenso las atribuciones del Comité Técnico Económico, en cuanto a su opinión previa para la inclusión en el PAC de la entidad, de procesos para la contratación de bienes y servicios cuyos montos correspondan a los de un Concurso Público o Licitación Pública, así como para la procedencia de la exoneración de procesos de selección derivados de las causales de situación de desabastecimiento inminente de bienes y servicios, de servicios que no admiten sustitutos y exista proveedor único, y de servicios personalísimos, respecto de las contrataciones destinadas al cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 044-2010.