Resolución Jefatural N.° 530-2009-JNAC

24 de agosto de 2009

Precisan que el artículo 3° de la parte resolutiva de la Resolución Jefatural Nº 483-2009-JNAC/RENIEC se refiere a la exoneración de la Licitación Pública por causal de bien que no admite sustituto y que cuenta con proveedor único, destinada a la ampliación de la capacidad de almacenamiento del Sistema AFIS, mediante la adquisición de 3,000,000 de huellas dactilares, por un valor referencial de US$ 1,889,998.29 (Un millón ochocientos ochenta y nueve mil novecientos noventa y ocho y 29/100 Dólares Americanos), incluido los impuestos de ley; monto que cuenta con la certificación de crédito presupuestario en la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios - PpR y Directamente Recaudados para el año 2009 y Recursos Ordinarios - PpR y Directamente Recaudados para el año 2010.

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RJ-530-2009-JNAC-RENIEC

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