Resolución Jefatural N.° 253-2013-JNAC

7 de agosto de 2013

Revocan las facultades registrales comprendidas en los literales a), b), c), e) salvo la facultad de inscribir el reconocimiento de existencia de las personas, respecto del acervo que conservan y el literal o) salvo la facultad de anotar marginal o textualmente el acta de archivamiento respectiva, del artículo 44° de la Ley N° 26497, conferidas a las Oficinas de Registros del Estado Civil que funcionan en las Municipalidades Distritales de Paramonga, Pativilca, Supe y Super Puerto, Provincia de barranca, Departamento de Lima, y en la Municipalidad Provincial de Barranca, Departamento de Lima, la misma que se hara efectiva a partir del día viernes 09 de Agosto del 2013, por lo que las inscripciones que se lleven a cabo desde la citada fecha serán de exclusiva competencia del Registro Nacional de Identificación y Estado civil (RENIEC).

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RJ-253-2013-JNAC-RENIEC

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