Resolución Jefatural N.° 106-2014-JNAC
16 de abril de 2014
Autorizan la delegación de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, e, i, l, m, n o y q del artículo 44° de la Ley N° 26497; así como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante tal delegación, a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Comunidad Nativa Nueva Esperanza, Distrito de Purus, Provincia de Purús, Departamento de Ucayali.