Resolución Ejecutiva Regional N.° 233-2024-GGR/GOB.REG.TACNA
Resolución Ejecutiva Regional N° 233-2024-GR/GOB.REG.TACNA
7 de agosto de 2024
MODIFICARel numeral 7.1.2 de la Directiva N° 004-2023-SGABAST-GRA-GGR/GOB.REG.TACNA, denominado "PROCEDIMIENTOS PARA LA CONTRATACIÓN DE BIENES, SRVICIOS YO CONSULTORIAS PARA MONTOS IGUALES O INFERIORES A OCHO (8) UIT DE LA UNIDAD EJECUTORA 001 DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA", aprobado mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 509-223-GR/GOB.REG.TACNA, de fecha 08 de noviembre de 2023; para la mejora de procesos o procedimientos que coadyuvan a la simplificación administrativa, quedando conforme consta en el Anexo 03 y 19 que se adjunta a la presente, y según el siguiente detalle:
"7.1.2 El área usuaria formula su requerimiento y lo remite a la Gerencia Regional de Administración con un plazo de anticipación de menor a 15 (quince) días calendario previos a la prestación, para el V°B° en los pedidos de Servicios y/o Compras. La Gerencia Regional de Administración remite los requerimientos (pedidos) a la Sub Gerencia de Abastecimiento.
Para el caso de requerimientos de Mantenimiento y de Proyectos de Inversión independientemente de la fuente de financiamiento, rubro y meta, éstas serán remitidas directamente a la Sub Gerencia de Abastecimiento con las respectivas firmas del solicitante y el que autoriza, además debe contar el V°B° del Supervisor y/o Inspector de Obra, según corresponda".
"7.1.2 El área usuaria formula su requerimiento y lo remite a la Gerencia Regional de Administración con un plazo de anticipación de menor a 15 (quince) días calendario previos a la prestación, para el V°B° en los pedidos de Servicios y/o Compras. La Gerencia Regional de Administración remite los requerimientos (pedidos) a la Sub Gerencia de Abastecimiento.
Para el caso de requerimientos de Mantenimiento y de Proyectos de Inversión independientemente de la fuente de financiamiento, rubro y meta, éstas serán remitidas directamente a la Sub Gerencia de Abastecimiento con las respectivas firmas del solicitante y el que autoriza, además debe contar el V°B° del Supervisor y/o Inspector de Obra, según corresponda".