MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS INFORMARÁ FECHA DE PAGO DE LA DEUDA SOCIAL

Nota de prensa
La revisión y subsanación de observaciones por parte del comité de priorización del Goresam se hará hasta el 20 de abril.

13 de marzo de 2020 - 7:12 a. m.

A fin de cumplir con los plazos y criterios de priorización para el pago de la deuda social, el Gobierno Regional de San Martín mediante el Comité de Priorización de Pagos de la Deuda Social, viene trabajando con anticipación la elaboración de la lista correspondiente para ser elevado al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

En ese sentido, se viene cumpliendo estrictamente el cronograma que exige el MEF, en la preparación de la lista priorizada de obligaciones de sentencias con calidad de cosa juzgada y en ejecución, la misma que debe estar preparada hasta el 23 de marzo.

En el cronograma de plazos se establece que el gobernador regional debe elevar al MEF la lista priorizada hasta el 26 del presente mes como fecha máxima de presentación. Entre el 27 de marzo y el 2 de abril se revisará y observará la información que será comunicada al Goresam para el levantamiento de observaciones.

La revisión y subsanación de observaciones por parte del comité de priorización del Goresam se hará hasta el 20 de abril. Luego, esta lista priorizada será entregada nuevamente al MEF para su aprobación final y la comunicación respectiva sobre la fecha de pagos para los beneficiarios de la deuda social.

Es importante indicar que la aplicación de los criterios para la priorización de los pagos al sector Educación, según Decreto Supremo 002-20202 Minedu, considera el siguiente patrón de priridades. Prioridad A (deudas con requerimiento de pago para acreedores con enfermedades en fase terminal) prioridad B (deudas para acreedores con enfermedades en fase avanzada y/o discapacidad severa) prioridad C (para mayores de 65 años y con deudas por preparación de clases y evaluación) prioridad D (mayores de 65 años por otros conceptos) prioridad E (menores o igual a 65 años por preparación de clases y evaluación) y prioridad F (para menores o de 65 años y relacionados a otros conceptos).

Para los otros sectores, según Ley 30137, se considera las siguientes prioridades: A (menores o iguales a 5 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), B (mayores a 5 y hasta 10 UIT) C (mayores a 10 UIT hasta 20 UIT): como prioridad D figuran los mayores a 20 UIT hasta 50 UIT,. en tanto que la última prioridad incluye a mayores de 50 UIT