Acceso a la Información Pública

Comunicado
Tienes derecho a pedir información a las entidades del Estado en el marco de la Ley Nº 27806, pero es importante que conozcas algunos límites que establecen la norma.
Acceso a la información pública

24 de octubre de 2025 - 12:44 p. m.

Puedes solicitar información a las entidades del Estado conforme al principio de transparencia, la Ley N.° 27806 y su Reglamento.

Las entidades públicas deben responder en un máximo de 10 días hábiles. Si no pueden hacerlo por motivos excepcionales, tienen 2 días hábiles desde tu solicitud para informarte la razón y la fecha en que podrás recoger la información.

Los costos por la entrega de información física se rigen por el D.S. N.° 164-2020.

No puedes solicitar información que:

  • Afecte la intimidad personal o familiar.
  • Comprometa la inteligencia o seguridad nacional.
  • Sea clasificada en el ámbito militar.
  • Involucre negociaciones internacionales.
  • Esté protegida por secreto bancario, tributario, comercial, industrial, tecnológico o bursátil.
  • Forme parte de investigaciones en curso de menos de 6 meses sin resolución final.
  • Corresponda a asesoría jurídica que revele estrategias en procesos administrativos o judiciales.
  • Haya sido restringida por la Constitución o por una ley del Congreso.

Esta noticia pertenece al compendio INTEGRIDAD