Resolución Gerencial N.° 399-2025-GRSM-GTBM-T

RESOLUCION GERENCIAL

1 de diciembre de 2025

ARTÍCULO PRIMERO.- Declarar IMPROCEDENCIA JURIDICA, de la VIABILIDAD de losolicitado con escrito por Reintegro de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) eintereses legales de los años de servicios correspondientes a cuatro (04) años, cuatro (04)meses y seis (6) días del ex servidor nombrado bajo el régimen 276, Ing. TIMOTEO REQUEÑIQUEN con DNI N° 16514087, habiendo cesado el 10 de junio del 2022, con ResoluciónGerencial Territorial Bajo Mayo N° 100-2022-GRSM/GTBM-T, de fecha 10 de junio2022, por lo que NO resulta aplicable las Leyes N° 31585 y N° 32199, considerándoselos principio constitucionales de Irretroactividad benigna de la ley (Irretroactividad de laley, salvo en materia penal más benigna), consagrado en los artículos 103 y 109 de laConstitución Política del Perú, Ello justifica plenamente la necesidad de declarar laimprocedencia Jurídica del pedido de reintegro del CTS e intereses legales, cautelándoseasí el orden jurídico establecido.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Gerenciales 2025

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R. G. T. Nº 399-2025-GRSM-GTBM-T

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