Resolución Gerencial N.° 177-2025-GRSM-GTBM-T
25 de junio de 2025
ARTÍCULO PRIMERO.- Declarar IMPROCEDENTE, de lo solicitado por Reintegro deCompensación por Tiempo de Servicios (CTS) de los años de servicios
correspondientes a cuatro (04) años, tres (03) meses y diecisiete (17) días de la exservidora nombrada bajo el régimen 276, MARÍA LUISA RUBIO CUELLAR con DNI N°21411145, habiendo cesado el 21 de agosto del 2022 con la Resolución GerencialTerritorial Bajo Mayo N° 149-2022-GRSM/GTBM-T, considerando el principio
constitucional de retroactividad benigna de la ley, consagrado en los artículos 103 y 109de la Constitución Política del Perú, con sujeción el numeral 1.1. del artículo 1 del TextoÚnico Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General yaplicándose de manera retroactiva una norma que modificó el régimen del cálculo de laCompensación por Tiempo de Servicios (CTS).
correspondientes a cuatro (04) años, tres (03) meses y diecisiete (17) días de la exservidora nombrada bajo el régimen 276, MARÍA LUISA RUBIO CUELLAR con DNI N°21411145, habiendo cesado el 21 de agosto del 2022 con la Resolución GerencialTerritorial Bajo Mayo N° 149-2022-GRSM/GTBM-T, considerando el principio
constitucional de retroactividad benigna de la ley, consagrado en los artículos 103 y 109de la Constitución Política del Perú, con sujeción el numeral 1.1. del artículo 1 del TextoÚnico Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General yaplicándose de manera retroactiva una norma que modificó el régimen del cálculo de laCompensación por Tiempo de Servicios (CTS).
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Gerenciales 2025