Resolución Zonal N.° 288-2025-GRSM-DRTC-OZTCBM
15 de diciembre de 2025
SE RESUELVE SANCIONAR al Transportista. EMPRESA DE EMPRESA DE TRANSPORTES Y TURISMO CEJONA EXPRESS S.A.C con la multa de 0.5 de la UIT, equivalente a la suma de SI. 2,675.00 (Dos Mil Seiscientos Setenta y Cinco con 00/100soles),por infracción al Código S.1.b, tipificado en el Anexo 2, del Reglamento Nacional de Administración del Transporte, aprobado por Decreto Supremo Nº017-2009-MTC, y su modificatoria multa que deberá ser cancelada en el plazo de quince(15)días hábiles, bajo apercibimiento de iniciarse procedimiento de ejecución coactiva, de conformidad a lo señalado en el numeral 125.3 de Articulo 125º del Reglamento Nacional de Administración de transporte aprobado por Decreto Supremo Nº017-2009-MTC.
