Resolución Zonal N.° 107-2025-GRSM-DRTC-OZTCBM
20 de junio de 2025
SANCIONAR al Transportista, SERVICIOS Y TRANSPORTES VILLA BELLAVISTA S.A.C. con la multa de 0.05 de la UIT, equivalente a la suma de DOSCIENTOS TREINTA Y 00/100 SOLES (S/ 230.00), por infracción al Código S.2.a. Tipificado en el Anexo 2, del Reglamento Nacional de Administración del Transporte, aprobado por Decreto Supremo N°017-2009-MTC, y su modificatoria multa que deberá ser cancelada en el plazo de quince (15) días hábiles, bajo apercibimiento de iniciarse procedimiento de ejecución coactiva, de conformidad a lo señalado en el numeral 125.3 de Artículo 125° del Reglamento Nacional de Administración de transporte aprobado por Decreto Supremo N°017- 2009-MTC.