Resolución Jefatural N.° 083-2025-GRSM-DRTC-OZTCBM
12 de junio de 2025
SANCIONAR al Conductor, MODESTO SUDARIO CLIVER LEE con la multa de 0.1 de la UIT, equivalente a la suma de QUINIENTOS TREINTA Y CINCO 00/100 SOLES (S/ 535.00), por infracción al Código I.1-a) INFRACCIONES DEL CONDUCTOR: No portar durante la prestación del Servicio de Transporte, según corresponde a) El manifiesto de usuarios o el de pasajeros, en el transporte de personas, cuando éstos no sean electrónicos; tipificado en el Anexo 2, del Reglamento Nacional de Administración del Transporte, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2009-MTC, y su modificatoria multa que deberá ser cancelada en el plazo de quince (15) dias hábiles, bajo apercibimiento de iniciarse procedimiento de ejecución coactiva, de conformidad a lo señalado en el numeral 125.3 de Articulo 125" del Reglamento Nacional de Administración de transporte aprobado por Decreto Supremo N° 017-2009-MTC.