Resolución Directoral Regional N.° 0075-2026-GRSM-DRE
RDR Nº 0075-2026-GRSM-DRE
12 de enero de 2026
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00672-2024-0-2208-JR-LA-01, a favor de ALONSO TAFUR RAMIREZ, JAVIER TAPULLIMA SANGAMA, ROBERTO T APULLIMA UPIACHIHUA, WAGNER TELLO GARCIA y DELCIT TENAZOA RAMIREZ, i) EL PAGO DE LA BONIFICACIÓN PERSONAL DEL ARTÍCULO 51 ° DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 276 y sus respectivos devengados; correspondiente al 5% de la remuneración básica por cada quinquenio cumplido, teniendo en cuenta el incremento de la remuneración básica señalada en el Decreto de Urgencia Nº 105-2001, a favor de los demandante en los siguientes periodos:
- Alonso Tafur Ramirez; desde el 01 de septiembre del 2001 hasta el 31 diciembre del 2019 (Por la consolidación del MUC), sin exceder de ocho quinquenios.
- Javier Tapullima Sangama; desde el 26 de febrero del 2006 hasta el 31 diciembre del 2019 (Por la consolidación del MUC), sin exceder de ocho quinquenios.
- Roberto Tapullima Upiachihua; desde el 26 de febrero del 2006 hasta el 31 diciembre del 2019 (Por la consolidación del MUC), sin exceder de ocho quinquenios.
- Osear Wagner Tello Garcia; desde el 01 de setiembre del 2001 hasta el 31 diciembre del 2019 (Por la consolidación del MUC), sin exceder de ocho quinquenios.
- Delcit Tenazoa Ramirez; desde el 26 de febrero del 2006 hasta el 31 diciembre del 2019 (Por la consolidación del MUC), sin exceder de ocho quinquenios.
ii) el pago de los intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia.; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en Resolución Nº 03 de fecha 17 de agosto de 2023, emitida por el Juzgado de Trabajo - Tarapoto. INFUNDADA la demanda en el extremo de otorgar la bonificación personal de forma continua e incluir en la planilla única de pagos, incorporado al monto único considerado (MUC); REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 09 de fecha 04 de octubre de 2025, emitida por el Juzgado de Trabajo - Tarapoto.
- Alonso Tafur Ramirez; desde el 01 de septiembre del 2001 hasta el 31 diciembre del 2019 (Por la consolidación del MUC), sin exceder de ocho quinquenios.
- Javier Tapullima Sangama; desde el 26 de febrero del 2006 hasta el 31 diciembre del 2019 (Por la consolidación del MUC), sin exceder de ocho quinquenios.
- Roberto Tapullima Upiachihua; desde el 26 de febrero del 2006 hasta el 31 diciembre del 2019 (Por la consolidación del MUC), sin exceder de ocho quinquenios.
- Osear Wagner Tello Garcia; desde el 01 de setiembre del 2001 hasta el 31 diciembre del 2019 (Por la consolidación del MUC), sin exceder de ocho quinquenios.
- Delcit Tenazoa Ramirez; desde el 26 de febrero del 2006 hasta el 31 diciembre del 2019 (Por la consolidación del MUC), sin exceder de ocho quinquenios.
ii) el pago de los intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia.; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en Resolución Nº 03 de fecha 17 de agosto de 2023, emitida por el Juzgado de Trabajo - Tarapoto. INFUNDADA la demanda en el extremo de otorgar la bonificación personal de forma continua e incluir en la planilla única de pagos, incorporado al monto único considerado (MUC); REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 09 de fecha 04 de octubre de 2025, emitida por el Juzgado de Trabajo - Tarapoto.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Directorales Regionales 2026
