Resolución Directoral Regional N.° 4098-2025-GRSM-DRE
RDR Nº 4098-2025-GRSM-DRE
31 de diciembre de 2025
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00690-2024-0-2208-JR-LA-01, a favor de JULIA PAYMA PEREZ, ELENA PELAEZ RUIZ DE CHAVEZ, NERY VILMA PEÑA CABANILLAS, ROSANI PEREYRA AGUILA y BERTILA PEREZ NUÑEZ, , i) EL PAGO DE LA BONIFICACIÓN PERSONAL DEL ARTÍCULO 51 º DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 276 y sus respectivos devengados; correspondiente al 5% de la remuneración básica por cada quinquenio cumplido, teniendo en cuenta el incremento de la remuneración básica señalada en el Decreto de Urgencia Nº 105-2001, a favor de los demandante en los siguientes periodos:
- JULIA PAYMA PEREZ; desde el desde el 0·1 de agosto del 2019 hasta el 31 diciembre del 2019 (Por la consolidación del MUC), sin exceder de ocho quinquenios.
- ELENA PELAEZ RUIZ DE CHAVEZ; desde el 01 de septiembre del 2001 hasta el 31 diciembre del 2019 (Por la consolidación del MUC), sin exceder de ocho quinquenios.
- NERY VILMA PEÑA CABANILLAS; desde el 01 de septiembre del 2001 hasta el 31 diciembre del 2019 (Por la consolidación del MUC), sin exceder de ocho quinquenios.
- ROSANI PEREYRA AGUILAR; desde el 26 de febrero del 2006 hasta el 31 diciembre del 2019 (Por la consolidación del MUC), sin exceder de ocho quinquenios.
- BERTILA PEREZ NUÑEZ; desde el 26 de febrero del 2006 hasta el 31 diciembre del 2019 (Por la consolidación del MUC), sin exceder de ocho quinquenios.
ii) el pago de los intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en Resolución Nº 05 de fecha 24 de abril de 2025, emitida por el Juzgado de Trabajo - Tarapoto. INFUNDADA la demanda en el extremo de otorgar la bonificación personal de forma continua e incluir en la Planilla Única de Pagos incorporado al Monto Único Considerado (MUC); REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 09 de fecha 29 de setiembre de 2025, emitida por el Juzgado de Trabajo - Tarapoto.
- JULIA PAYMA PEREZ; desde el desde el 0·1 de agosto del 2019 hasta el 31 diciembre del 2019 (Por la consolidación del MUC), sin exceder de ocho quinquenios.
- ELENA PELAEZ RUIZ DE CHAVEZ; desde el 01 de septiembre del 2001 hasta el 31 diciembre del 2019 (Por la consolidación del MUC), sin exceder de ocho quinquenios.
- NERY VILMA PEÑA CABANILLAS; desde el 01 de septiembre del 2001 hasta el 31 diciembre del 2019 (Por la consolidación del MUC), sin exceder de ocho quinquenios.
- ROSANI PEREYRA AGUILAR; desde el 26 de febrero del 2006 hasta el 31 diciembre del 2019 (Por la consolidación del MUC), sin exceder de ocho quinquenios.
- BERTILA PEREZ NUÑEZ; desde el 26 de febrero del 2006 hasta el 31 diciembre del 2019 (Por la consolidación del MUC), sin exceder de ocho quinquenios.
ii) el pago de los intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en Resolución Nº 05 de fecha 24 de abril de 2025, emitida por el Juzgado de Trabajo - Tarapoto. INFUNDADA la demanda en el extremo de otorgar la bonificación personal de forma continua e incluir en la Planilla Única de Pagos incorporado al Monto Único Considerado (MUC); REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 09 de fecha 29 de setiembre de 2025, emitida por el Juzgado de Trabajo - Tarapoto.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Directorales Regionales 2025
