Resolución Directoral Regional N.° 4016-2025-GRSM-DRE
RDR Nº 4016-2025-GRSM-DRE
29 de diciembre de 2025
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00313-2025-0-2201-JR-LA-01, a favor de EDUARDO VALLES BARRERA, I) EL PAGO DEL REINTEGRO DE LA REMUNERACION PERSONAL, equivalente al 2% de su remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, de conformidad con lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 52º de la Ley Nº24029, y su modificatoria Ley Nº25212, las mismas que no han sido canceladas conforme a Ley desde el 01 de setiembre del 2001 hasta el 25 de noviembre del 2012, previa deducción de la ya incorrectamente pagado, debiéndose de precisar que el reintegro será realizado por cada año de servicio cumplido. II) EL PAGO DEL REINTEGRO DEL BENEFICIO ADICIONAL POR VACACIONES; equivalente a una remuneración básica por cada periodo vacacional, de conformidad al artículo 218º del Decreto Supremo Nº 019-90-ED; las mismas que no han sido pagadas conforme a Ley, desde el 01 de setiembre del 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012, previa deducción de lo ya incorrectamente pagado; III) EL PAGO DEL INCREMENTO EQUIVALENTE AL 10% de su remuneración mensual, en estricta aplicación del artículo 2 Decreto Ley Nº25981, más los devengados desde el mes de enero de 1993 hasta el cumplimiento efectivo de lo solicitado; más el pago de los intereses legales devengados que se liquidarán en ejecución de sentencia; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 05 de fecha 22 de agosto de 2025, emitida por el Juzgado de Trabajo - Subsede Moyobamba; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 09 de fecha 04 de setiembre de 2025, emitida por el Juzgado de Trabajo - Subsede Moyobamba.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Directorales Regionales 2025
