Resolución Directoral Regional N.° 3763-2025-GRSM-DRE
RDR N.º 3763-2025-GRSM-DRE
27 de noviembre de 2025
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N º 00649-2024-0-2208-JR-LA-01, a favor de TERCERO AMASIFUEN PINEDO, ZONIA ARBILDO RUIZ, INES AREVALO DE RIOS, GLADYS AREVALO QUINTEROS y JUAN CARLOS BARTRA BARRERA, i) EL PAGO DE LA BONIFICACIÓN PERSONAL DEL ARTÍCULO 51 ° DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 276 y sus respectivos devengados; correspondiente al 5% de la remuneración básica por cada quinquenio cumplido, teniendo en cuenta el incremento de la remuneración básica señalada en el Decreto de Urgencia N º 105-2001, a favor de los demandante en los siguientes periodos:
- Tercero Amasifuen Pinedo; desde el 26 de febrero del 2006 hasta el 31 diciembre del 2019 (Por la consolidación del MUC), sin exceder de ocho quinquenios.
- Zonia Arbildo Ruiz; desde el 01 de setiembre del 2001 hasta el 31 diciembre del 2019 (Por la consolidación del MUC), sin exceder de ocho quinquenios.
- lnes Arevalo De Rios; desde el 26 de febrero del 2006 hasta el 31 diciembre del 2019 (Por la consolidación del MUC), sin exceder de ocho quinquenios.
- Gladys Arevalo Quinteros; desde el 01 de setiembre del 2001 hasta el 31 diciembre del 2019 (Por la consolidación del MUC), sin exceder de ocho quinquenios.
- Juan Carlos Bartra Barrera; desde el 26 de febrero del 2006 hasta el 31 diciembre del 2019 (Por la consolidación del MUC), sin exceder de ocho quinquenios.
II) EL PAGO DE LOS INTERESES LEGALES que se liquidarán en ejecución de sentencia. INFUNDADA la demanda en el extremo de otorgar la bonificación personal
de forma continua e incluir en la planilla única de pagos, incorporado al monto único considerado (MUC); siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en Resolución N º 05 de fecha 30 de abril de 2025, emitida por el Juzgado de Trabajo - Tarapoto; REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución N º 09 de fecha 24 de setiembre de 2025, emitida por el Juzgado de Trabajo - Tarapoto.
- Tercero Amasifuen Pinedo; desde el 26 de febrero del 2006 hasta el 31 diciembre del 2019 (Por la consolidación del MUC), sin exceder de ocho quinquenios.
- Zonia Arbildo Ruiz; desde el 01 de setiembre del 2001 hasta el 31 diciembre del 2019 (Por la consolidación del MUC), sin exceder de ocho quinquenios.
- lnes Arevalo De Rios; desde el 26 de febrero del 2006 hasta el 31 diciembre del 2019 (Por la consolidación del MUC), sin exceder de ocho quinquenios.
- Gladys Arevalo Quinteros; desde el 01 de setiembre del 2001 hasta el 31 diciembre del 2019 (Por la consolidación del MUC), sin exceder de ocho quinquenios.
- Juan Carlos Bartra Barrera; desde el 26 de febrero del 2006 hasta el 31 diciembre del 2019 (Por la consolidación del MUC), sin exceder de ocho quinquenios.
II) EL PAGO DE LOS INTERESES LEGALES que se liquidarán en ejecución de sentencia. INFUNDADA la demanda en el extremo de otorgar la bonificación personal
de forma continua e incluir en la planilla única de pagos, incorporado al monto único considerado (MUC); siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en Resolución N º 05 de fecha 30 de abril de 2025, emitida por el Juzgado de Trabajo - Tarapoto; REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución N º 09 de fecha 24 de setiembre de 2025, emitida por el Juzgado de Trabajo - Tarapoto.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Directorales Regionales 2025
