Resolución Directoral Regional N.° 3761-2025-GRSM-DRE

RDR N.º 3761-2025-GRSM-DRE

26 de noviembre de 2025

RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00019-2024-0-2205-JM-LA-01, a favor de EDNA TIRADO PEREIRA en representación de los herederos JOSE RUIZ TIRADO y ROSMERI RUIZ TIRADO, i) EL PAGO DEL REINTEGRO DE LA REMUNERACION PERSONAL, equivalente al 2% de su remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, de conformidad con lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 52 de la Ley Nº 24029, y su modificatoria Ley Nº25212, la misma que no ha sido cancelada conforme a Ley. PRECISARON que debe otorgarse desde el 01 de setiembre del 2001 al 25 de noviembre del 2012, previa deducción de la ya incorrectamente pagado, debiéndose de precisar que el reintegro será realizado por cada año de servicio cumplido, más el pago de intereses legales; ii) EL PAGO DEL REINTEGRO DEL BENEFICIO ADICIONAL POR VACACIONES; equivalente a una remuneración básica por cada periodo vacacional, de conformidad al artículo 218 del Decreto Supremo N° 019-90-ED; PRECISARON que debe otorgarse desde el mes de enero del 2002 al 25 de noviembre del 2012, previa deducción de lo ya incorrectamente pagado, más el pago de intereses legales; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 03 de fecha 11 de julio de 2024, emitida por el Juzgado Civil Transitorio - Sede Juanjuí; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 07 de fecha 19 de marzo de 2025, emitida por el Juzgado Civil Transitorio - Sede Juanjuí.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Directorales Regionales 2025

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