Resolución Directoral Regional N.° 3514-2025-GRSM-DRE

RDR N.º 3514-2025-GRSM-DRE

30 de octubre de 2025

RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00009-2024-0-2209-JM-LA-01, a favor de EDA TEONILA GUZMAN ANGULO, I) EL PAGO DEL REINTEGRO DE LA REMUNERACION PERSONAL, equivalente al 2% de su remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, de conformidad con lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 52º de la Ley Nº24029, y su modificatoria Ley N°25212. PRECISARON que el pago de la referida bonificación debe efectuarse desde el 01 de setiembre del 2001 al 25 de noviembre del 2012; II) EL PAGO DEL REINTEGRO DEL BENEFICIO ADICIONAL POR VACACIONES; equivalente a una remuneración básica por cada periodo vacacional, de conformidad al artículo 218º del Decreto Supremo Nº019-90-ED; la misma que no ha sido pagada conforme a Ley. PRECISARON que el pago de la referida bonificación debe efectuarse desde el 01 de setiembre del 2001 al 25 de noviembre del 2012, previa deducción de lo ya incorrectamente pagado, más los intereses legales, III) el PAGO DEL INCREMENTO SALARIAL OTORGADO POR EL DECRETO LEY Nº 25981, correspondiente al 10% de la parte del haber mensual del mes de enero de 1993 que esté afecto a la contribución del Fondo Nacional de Vivienda (FONAVI) más devengados generados. PRECISARON que debe otorgarse desde el 01 de enero de 1993 hasta el 25 de noviembre del 2012, con los intereses legales, precisando que el cálculo se debe realizar de la remuneración total o integra; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 03 de fecha 31 de julio de 2024, emitida por el Juzgado Especializado Civil de la Provincia de Tocache; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 07 de fecha 16 de abril de 2025, emitida por el Juzgado Civil - Sede Tocache.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Directorales Regionales 2025

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