Resolución Directoral Regional N.° 2700-2025-GRSM-DRE
RDR N.º 2700-2025-GRSM-DRE
12 de agosto de 2025
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00797-2023-0-2208-JR-LA-01, a favor de TULIO LOPEZ PEZO, i) Pago de la bonificación personal, equivalente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, de conformidad a lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 52° de la Ley Nº 24029 -Ley del Profesorado, modificada por la Ley Nº 25212, considerando la remuneración básica incrementada en cincuenta nuevos soles (S/.50.00), en el periodo comprendido del 01 de setiembre de 2001 (fecha a partir de la cual rige la remuneración básica establecida por el Decreto de Urgencia 105-2001 y además el actor tenía la condición de docente nombrado) hasta el 25 de noviembre de 2012 (fecha en que estuvo en vigencia los efectos de la Ley 24029). ii)Pago de la compensación vacacional, equivalente a una remuneración básica por cada periodo vacacional, desde el 01 de setiembre de 2001 (fecha a partir de la cual rige la remuneración básica establecida por el Decreto de Urgencia 105-2001 y además el actor tenía la condición de docente nombrado) hasta el 25 de noviembre de 2012 (fecha en que estuvo en vigencia los efectos de la Ley 24029), previa deducción de lo incorrectamente pagado. iii) Pago de intereses legales de los conceptos antes mencionados, de conformidad con el considerando décimo de la presente sentencia, los mismos que se liquidarán en ejecución de sentencia. Sin costas ni costos. El pago del reintegro de la bonificación personal, equivalente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, del 01 de setiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012, posterior a dicha fecha corresponderá el pago del reajuste de la citada bonificación y de manera continua en su planilla de pago, conforme a los considerandos de la presente resolución. PRECISARON en cuanto al pago por compensación vacacional, que le otorga desde el 01 de setiembre de 2001 (fecha a partir de la cual rige la remuneración básica establecida por el Decreto de Urgencia 105- 2001 y además el actor tenía la condición de docente nombrado) hasta el 25 de noviembre de 2012 (fecha en que estuvo en vigencia los efectos de la Ley 24029), previa deducción de lo incorrectamente pagado, debiendo ser lo correcto el pago por compensación vacacional desde enero de 2002 hasta enero de 2012, tal como se ha precisado en el fundamento 3.13 de la presente resolución; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en Resolución Nº 04 de fecha 13 de mayo de 2024, emitida por el Juzgado de Trabajo - Tarapoto; REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 11 de fecha 09 de mayo de 2025, emitida por el Juzgado de Trabajo - Tarapoto.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Directorales Regionales 2025