Resolución Directoral Regional N.° 2038-2025-GRSM-DRE

RDR N.º 2038-2025-GRSM-DRE

6 de junio de 2025

RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00012-2023-0-2205-JM-LA-01, a favor de FELIPA CAMPOS MENDOZA, EL PAGO DEL REINTEGRO DE LA REMUNERACION PERSONAL, equivalente al 2% de su remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, de conformidad con lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 52 de la Ley Nº24029, y su modificatoria Ley N°25212, precisaron que debe otorgarse desde el 01 de setiembre del 2001 al 25 de noviembre del 2012, previa deducción de la ya incorrectamente pagado, más el pago de intereses legales; EL PAGO DEL REINTEGRO DEL BENEFICIO ADICIONAL POR VACACIONES; equivalente a una remuneración básica por cada periodo vacacional, de conformidad al artículo 218 del Decreto Supremo N °019-90-ED; precisaron que debe otorgarse desde enero del 2002 hasta el 25 de noviembre del 2012, previa deducción de la ya incorrectamente pagado, más el pago de intereses legales. Sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 03 de fecha 05 de junio de 2024, emitida por el Juzgado Civil Permanente Provincia de Mariscal Caceres - Juanjuí; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 07 de fecha 13 de mayo de 2025, emitida por el Juzgado Civil - Sede Juanjuí.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Directorales Regionales 2025

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