Resolución Directoral Regional N.° 1957-2025-GRSM-DRE
RDR N.º 1957-2025-GRSM-DRE
29 de mayo de 2025
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00499-2024-0-2201-JR-LA-01, a favor de MANUELA FLOR YOVERA CHAPOÑAN, I) EL PAGO DEL REINTEGRO DE LA REMUNERACIÓN PERSONAL, equivalente al 2% de su remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, de conformidad con lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 52º de la Ley Nº 24029, y su modificatoria Ley Nº 25212, las mismas que no han sido canceladas conforme a Ley desde el 01 de setiembre de 2001 y forma continua, por cada año de servicio cumplido, II) EL PAGO DEL REINTEGRO DEL BENEFICIO ADICIONAL POR VACACIONES; equivalente a una remuneración básica por cada periodo vacacional, de conformidad al artículo 218º del Decreto Supremo N º 019-90-ED; las mismas que no han sido pagadas conforme a Ley, desde el 01 de setiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre del 2012, previa deducción de lo ya incorrectamente pagado, III) EL PAGO DEL INCREMENTO EQUIVALENTE AL 10% de su remuneración mensual, en estricta aplicación del artículo 2 Decreto Ley Nº 25981, más los devengados desde el mes de enero de 1993 hasta el cumplimiento efectivo de lo solicitado; más el pago de los intereses legales devengados de los conceptos antes mencionados, de conformidad a los considerantes expuestos en la presente sentencia. Sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 03 de fecha 29 de enero de 2025, emitida por el Juzgado de Trabajo - Subsede Moyobamba; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución N º 07 de fecha 28 de abril de 2025, emitida por el Juzgado de Trabajo - Subsede Moyobamba.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Directorales Regionales 2025