Resolución Directoral Regional N.° 0940-2025-GRSM-DRE
RDR N.º 0940-2025-GRSM-DRE
3 de abril de 2025
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00384-2023-0-2206-JR-LA-01, a favor de DELIA DEL CARMEN CUEVA RABANAL, el i) pago de la bonificación personal, equivalente al 2% de la remuneración básica, de conformidad a lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 52° de la Ley Nº 24029 - Ley del Profesorado, modificada por la Ley N° 25212, considerando la remuneración básica incrementada en cincuenta nuevos soles (S/.50.00), corresponde el reconocimiento y pago en el periodo comprendido del 01 de setiembre de 2001 (mes a partir del cual rige la remuneración básica en S/.50.000) hasta febrero de 2004; y el pago del reintegro en el periodo comprendido de marzo de 2004 hasta el 25 de noviembre de 2012 (fecha hasta la cual ha regido la Ley Nº 24029) y el ii) pago del beneficio por vacaciones, equivalente a una remuneración básica por cada periodo vacacional, de conformidad al artículo 218º del DS N º 019-90-ED, desde el 01 de septiembre de 2001 (mes a partir del cual rige la remuneración básica en (S/ 50.00) hasta el 25 de noviembre de 2012 (fecha hasta la cual ha regido la ley Nº 24029), y el iii) pago de intereses legales devengados de los conceptos antes mencionados, de conformidad con el considerando 2.1 O de la presente sentencia, los mismos que se liquidarán en ejecución de sentencia, se declara IMPROCEDENTE en el extremo del pago de la bonificación diferencial zona rural e incremento salarial de la remuneración básica, de acuerdo a lo desarrollado en los considerandos precedentes, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 04 de fecha 28 de mayo de 2024; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 08 de fecha 03 de enero de 2025, emitida por el Juzgado Mixto de la Provincia de Picota.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Directorales Regionales 2025