Resolución Directoral Regional N.° 0684-2025-GRSM-DRE

RDR N.º 0684-2025-GRSM-DRE

18 de marzo de 2025

RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N º 00486-2024-0-2201-JR-LA-01, a favor de JOSEFA CUBAS VILLANUEVA, el i) pago del reintegro de la remuneración personal, equivalente al 2% de su remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, de conformidad con lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 52 º de la Ley N º 24029, y su modificatoria Ley N º 25212, la misma que no ha sido cancelada con forme a Ley desde el 01 de septiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre del 2012, previa deducción de la ya incorrectamente pagado, debiéndose de precisar que el reintegro será realizado por cada año de servicio cumplido, el ii) pago del reintegro del beneficio adicional por vacaciones, equivalente a una remuneración básica por cada periodo vacacional, de conformidad al artículo 218º del Decreto Supremo N º 019-90- ED; la misma que no ha sido pagada conforme a Ley, desde el 01 de setiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012, previa deducción de lo ya incorrectamente pagado, y el iii) pago de los intereses legales devengados de los conceptos antes mencionados, de conformidad con el considerando sétimo de la presente sentencia, los mismos que se liquidaran en ejecución de la sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución N° 03 de fecha 22 de octubre de 2024; se declara IMPROCEDENTE en el extremo del pago de las bonificaciones especiales reguladas por los DU N º 090-96, 073-97 y 011-99; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 07 de fecha 25 de enero de 2025, emitida por el Juzgado de Trabajo - Subsede Moyobamba.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Directorales Regionales 2025

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