Resolución Directoral Regional N.° 0456-2025-GRSM-DRE

RDR N.º 0456-2025-GRSM-DRE

24 de febrero de 2025

RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00034-2022-0-2206-JM-LA-01, a
favor de JORGE ARMANDO PIZANGO MENDOZA, el i) pago de la bonificación
personal, equivalente al 2% de la remuneración básica, de conformidad a lo dispuesto
en el tercer párrafo del artículo 52° de la Ley N° 24029 - Ley del Profesorado, modificada
por la Ley Nº 25212, considerando la remuneración básica incrementada en cincuenta
nuevos soles (S/.50.00), en el periodo comprendido del 01 de setiembre de 2001 (mes
a partir del cual rige la remuneración básica en S/.50.000) hasta el 25 de noviembre de
2012 (fecha hasta la cual ha regido la Ley N º 24029), el ii) pago del beneficio adicional
por vacaciones, equivalente a una remuneración básica por cada periodo vacacional,
de conformidad al artículo 218 º del DS N º 019-90-ED, desde el 01 de septiembre de
2001 (mes a partir del cual rige la remuneración básica en S/ 50.00) hasta el 25 de
noviembre de 2012 (fecha hasta la cual ha regido la ley N º 24029), y el iii) pago de
intereses legales devengados de los conceptos antes mencionados, de conformidad
con el considerando 2.7.6. de la presente sentencia, los mismos que se liquidarán en
ejecución de sentencia, se declara IMPROCEDENTE en el extremo del pago de la
bonificación diferencial y el reajuste de las bonificaciones especiales reguladas por los
DU N º 090-96, 073-97 y 011-99, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la
demanda mediante sentencia contenida en la Resolución N º 09 de fecha 25 de abril de
2024; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución N º 11 de fecha 18 de
diciembre de 2024, emitida por el Juzgado Mixto de la Provincia de Picota.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Directorales Regionales 2025

Vista preliminar de documento RDR Nº 0456-2025-GRSM-DRE

RDR Nº 0456-2025-GRSM-DRE

PDF
1.2 MB