Resolución Directoral Regional N.° 0118-2025-GRSM-DRE
RDR N.º 0118-2025-GRSM-DRE
15 de enero de 2025
RECONOCER POR
MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00586-2023-0-2201-JR-LA-01, a
favor de MILAGROS DEL AGUILA PANDURO, el reintegro de la bonificación especial
por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total
integra, desde el 21.05.2001 al 31.12.2001, del 12.03.2002 al 31.12.2002, del
07.04.2003 al 31.12.2003, del 29.03.2004 al 31.12.2004, del 07.03.2005 al 31.12.2005,
del 01.04.2006 al 30.06.2006, del 01.07.2006 al 31.12.2006, y del 21.03.2007 al
31.12.2007, la que se calculará sobre la base de su remuneración total (íntegra),
conforme a lo esgrimido en los fundamentos de la presente sentencia, con deducción
de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto por remuneración total
permanente, más intereses legales, que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin
costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia
contenida en la Resolución Nº 03 de fecha 30 de octubre de 2023; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 07 de fecha 19 de febrero de 2024, emitida por el Juzgado de Trabajo - Subsede Moyobamba.
MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00586-2023-0-2201-JR-LA-01, a
favor de MILAGROS DEL AGUILA PANDURO, el reintegro de la bonificación especial
por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total
integra, desde el 21.05.2001 al 31.12.2001, del 12.03.2002 al 31.12.2002, del
07.04.2003 al 31.12.2003, del 29.03.2004 al 31.12.2004, del 07.03.2005 al 31.12.2005,
del 01.04.2006 al 30.06.2006, del 01.07.2006 al 31.12.2006, y del 21.03.2007 al
31.12.2007, la que se calculará sobre la base de su remuneración total (íntegra),
conforme a lo esgrimido en los fundamentos de la presente sentencia, con deducción
de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto por remuneración total
permanente, más intereses legales, que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin
costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia
contenida en la Resolución Nº 03 de fecha 30 de octubre de 2023; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 07 de fecha 19 de febrero de 2024, emitida por el Juzgado de Trabajo - Subsede Moyobamba.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Directorales Regionales 2025