Resolución Directoral Regional N.° 4819-2024-GRSM-DRE
RDR N.º 4819-2024-GRSM-DRE
30 de diciembre de 2024
RECO
NOCER POR
MANDATO JUDICIAL, recaído en el
expediente
N°
00331
-20
24-
0-2201
-JR-LA-01, a
favor de LITA MARIBEL MEJIA BECERRA, el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total integra, desde el 01 de abril de 1994 al 31 de diciembre de 1994, del 17 de abril de 1995 al 31 de diciembre de 1995, del 01 de abril de 1996 al 31 de diciembre de 1996, del 17 de junio de 1997 al 31 de diciembre de 1997, y del 19 de abril de 1999 al 31 de diciembre de 1999, la que se calculará sobre la base de su remuneración total (íntegra), conforme a lo esgrimido en los fundamentos de la presente sentencia, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto por remuneración total permanente, más intereses legales, que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costos ni costas; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución N° 03 de fecha 28 de agosto de 2024; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución N° 08 de fecha 18 de noviembre de 2024, emitida por el
Juzgado de Trabajo - Subsede Moyobamba.
NOCER POR
MANDATO JUDICIAL, recaído en el
expediente
N°
00331
-20
24-
0-2201
-JR-LA-01, a
favor de LITA MARIBEL MEJIA BECERRA, el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total integra, desde el 01 de abril de 1994 al 31 de diciembre de 1994, del 17 de abril de 1995 al 31 de diciembre de 1995, del 01 de abril de 1996 al 31 de diciembre de 1996, del 17 de junio de 1997 al 31 de diciembre de 1997, y del 19 de abril de 1999 al 31 de diciembre de 1999, la que se calculará sobre la base de su remuneración total (íntegra), conforme a lo esgrimido en los fundamentos de la presente sentencia, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto por remuneración total permanente, más intereses legales, que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costos ni costas; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución N° 03 de fecha 28 de agosto de 2024; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución N° 08 de fecha 18 de noviembre de 2024, emitida por el
Juzgado de Trabajo - Subsede Moyobamba.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Directorales Regionales 2024