Resolución Directoral Regional N.° 0287-2024-GRSM/DRE
RDR Nº 0287-2024-GRSM-DRE
13 de febrero de 2024
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00198-2022-0-2208-JR-LA-01. a favor de CARMEN MEZA RODRIGUEZ, el i) pago del reintegro de la remuneración personal, equivalente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, de conformidad a lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 52° de la ley N° 24029 - Ley del Profesorado, modificada por la ley N° 25212, la misma que no ha sido cancelada conforme a ley, en el periodo comprendido del 01 de septiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012, previa deducción de lo ya incorrectamente pagado, precisando que dicho reintegro será por cada año de servicio cumplido, el ii) pago del reintegro del beneficio adicional por vacaciones, equivalente a una remuneración básica por cada periodo vacacional, de conformidad al artículo 218° del D.S. N° 019-90- ED, la misma que no ha sido pagada conforme a ley, desde el 01 de septiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012, previa deducción de lo ya incorrectamente pagado, y el iii) pago de intereses legales devengados de los conceptos antes mencionados, de conformidad con la Casación N° 5715-2013-Junín, los mismos que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costos ni costas; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia N° 03, de fecha 22 de junio de 2022; se declara IMPROCEDENTE la misma demanda en el extremo del pago de la bonificación diferencial y las bonificaciones especiales reguladas por los D.U. N° 090-96, 073-97 y 011-99; REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución N° 08 de fecha 07 de diciembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Directorales Regionales 2024