Resolución Directoral Regional N.° 048-2026-GRSM/DRASAM
11 de febrero de 2026
ARTÍCULO PRIMERO: DISPONER el INICIO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO de Nulidad de Oficio del acto administrativo contenido en el Asiento C00003 – Anotación Definitiva, Título N° 2025-03653744 de fecha 31 de diciembre el cual inscribe la propiedad en la Partida Electrónica N° 0409778 a favor de Mari Nohemí Arias Díaz y Demecio Palacios Porras, por haberse incurrido en un vicio trascendente y no ser posible su conservación, al haber contravenido el artículo 70° de la Constitución y de los Artículos 60.1, 60.2 y 62.1 del Reglamento de la Ley N° 31145 aprobado por D.S. N° 014-2022-MIDAGRI.
ARTÍCULO SEGUNDO: NOTIFICAR el contenido de la Resolución Directoral a los titulares regionales de la partida Electrónica N° 04009778 a favor de Mari Nohemí Arias Díaz y Demecio Palacios Porras, adjuntando copia integra del expediente administrativo, otorgándoles el plazo de cinco (05) días hábiles, a fin de que ejerzan su derecho de defensa y presenten los medios probatorios que consideren pertinentes; precisándose que, con los descargos o sin ellos, la Entidad procederá a resolver conforme a ley.
